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Publicación12/12/20

Etapa 2: Inventario

Bienvenido nuevamente a Sejie México, y seguimos en la serie del juicio sucesorio. En esta ocasión vamos a detallar la segunda sección del juicio sucesorio que se refiere a la presentación de inventarios y avalúos.

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Todo por medio del albacea

Si recuerdas, en nuestra etapa anterior concluimos con la expedición de copias certificadas sobre el nombramiento de la albacea, para esta etapa del juicio y  su impulso procesal hasta la adjudicación este debe de ser por medio del albacea por lo que el inicio de la segunda sección corresponde ser abierta por dicha figura.

El albacea deberá recabar un inventario de los bienes que son parte de la sucesión así también deberá realizar por medio de un perito la evaluación de dichos bienes, es decir, al momento de aperturar la segunda sección, el albacea deberá presentar el inventario con los avalúos como anexos y en caso de que se requieran, títulos de propiedad a nombre del de cujus. Una vez que se tengan los documentos completos el albacea deberá presentarle  al juzgado que se solicita dar vista los herederos para que estos puedan dar su aceptación y aprobación de la segunda sección del proceso sucesorio.

Se manifiesta la conformidad o inconformidad

Al respecto el juzgado dará vista a los herederos reconocidos en la primera sección para que manifiesten su conformidad e inconformidad con el avalúo siendo en el segundo de los casos que ellos tendrán derecho a presentar su propio avalúo o a ampliar el inventario en caso de que tengan conocimiento de que existen más bienes que integran la masa hereditaria.

Al respecto en el inventario se pueden incluir de forma enunciativa bienes inmuebles cuentas bancarias, derechos sucesorios que no se haya adjudicado en vida del de cujus, derecho de cobro de rentas dividendos e incluso lo que son deudas del de cujus. Una vez que no exista oposición al inventario y los avalúos, se solicita el juzgador que tenga por autorizada dicha etapa para proceder a la etapa de administración.

Julián presentará como inventario dos casas y una cuenta bancaria,  se anexan las escrituras que corroboran la propiedad de los inmuebles del de cujus, así como el avalúo. Por cuanto a la cuenta bancaria, la comisión nacional bancaria y de valores puede requerir a los bancos para proporcionar la información de una persona al ser numerario o dinero la cuenta bancaria y se debe presentar un estado de cuenta donde venga como titular el de cujus y esto sería suficiente para integrar dicha cuenta al inventario de la sucesión. Finalmente presentando el inventario con su avalúo y las partes se encuentran conformes con dicha documentación se puede tener por autorizada y concluida la segunda sección.

Tips sobre el Inventario

Procure realizar el inventario y los avalúos de conformidad con todos los herederos para evitar desacuerdos entre los coherederos y poder avanzar más rápido con el procedimiento

Solicite a su abogado que pida una orden judicial para búsquedas a la comisión nacional bancaria y de valores y a la comisión nacional de seguros y fianzas para saber si existen cuentas bancarias o seguros a nombre del de cujus, por si existen cuentas o seguros que los herederos desconozcan.

Cuando existan arrendamientos de bienes de la sucesión el albacea puede requerir a los arrendatarios el depósito de las rentas al juzgado para que dichas pensiones rentísticas sean consideradas parte de la masa hereditaria e incluso se pueda usar dicho dinero para pagar pasivos

Espero que te haya sido de utilidad este blog con la segunda etapa del proceso y que lo hayas disfrutado.

 

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