Póliza Jurídica Arrendamiento SEguro

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Publicación06/03/20

En primer lugar, definamos el término de Póliza Jurídica. Una póliza es un instrumento certificado por una institución o persona emisora con facultades de obligarse y garantizar algún servicio, pago o producto en un futuro incierto. Éstos, por lo general, tienen un número de folio o registro mercantil que los ampara al momento de un siniestro. En otras palabras, una Póliza Jurídica es un servicio jurídico en materia mercantil y de arrendamiento preventivo contratado previo a un siniestro. Funciona similar a un seguro, se contrata por si lo llegas a necesitar esperando no necesitarlo. Dependiendo del servicio jurídico al que se haya obligado la empresa otorgante te encontrarás protegido jurídicamente (procura siempre tener el documento que te respalda debidamente firmado por el representante legal de la empresa), por ejemplo, si la empresa emisora se obligó a la recuperación del inmueble objeto del servicio, la empresa tendrá que disponer de todos sus recursos para el cumplimiento cabal del mismo. El servicio podrá variar según la empresa y el supuesto.

¿Cuándo y por qué debe pedirse una Póliza Jurídica? Bueno, como dije anteriormente, generalmente cuando un probable arrendatario no cuenta con aval y/o fiador, el arrendador solicita una Póliza Jurídica con el fin de garantizar y facilitar la recuperación del inmueble y el cobro de rentas en un caso de controversia o incumplimiento del contrato de arrendamiento (el contrato es obligatorio cuando hay arrendamiento, pero ese será tema para otro blog). En su gran mayoría, si el probable arrendatario cuenta con aval y/o fiador no requerirá Póliza Jurídica, pues en su entendimiento jurídico ya está garantizando al arrendador el cumplimiento del contrato entre ambas partes. Esto no es completamente cierto, si bien hay una parte obligándose a responder en caso de que el arrendatario no lo haga, ya sea efectuar el cobro de la reparación del daño, el pago de rentas caídas o, lo más importante, la recuperación del inmueble arrendado, llevar a cabo este tipo de gestiones judiciales implicará un gasto que sin duda no tenías contemplado. Por lo general, un despacho jurídico cobra por este tipo de asuntos entre el 30% y 50% del valor del contrato más anticipo y, si el monto no es lo suficientemente atractivo, podrá ser un pago independiente, esto dependerá de cada despacho. Ahora bien, la mayoría de las empresas que otorgan Pólizas Jurídicas realizan un cobro único que será definido, ya sea por un porcentaje derivado del costo del arrendamiento o por un arancel que la misma empresa tendrá ya estipulado, pero puedes estar seguro que como arrendador el costo es significativamente menor y tendrás los servicios jurídicos garantizados independientemente que los que requieras o no. Cada empresa tiene diferentes criterios para el otorgamiento de la Póliza Jurídica y diferentes productos para los cuales podrán calificar los solicitantes. Para algunas no se requiere aval y/o fiador, para otras es requisito obligatorio.

Por último, hablemos de los requisitos. Primero que nada, dependiendo del tipo de garantía que el arrendador desee, los requisitos pueden variar. Si lo que se busca es un servicio estándar en el que el arrendatario no cuenta con aval y/o fiador, los requisitos son bastante sencillos, bastará con que él mismo llene un formato (mismo que deberá proporcionar la empresa otorgante), entregue sus documentos generales (identificación, CURP, RFC, comprobante de domicilio y acta de matrimonio), no tener antecedentes judiciales de ninguna clase (la empresa deberá llevar a cabo la investigación correspondiente), tener ingresos por un tres a uno, es decir, si la renta tiene un costo de $5,000.00, cuando menos deberá de estar percibiendo el mismo $15,000.00 y constancia laboral. Si el servicio requerido incluye recuperación de rentas caídas, un requisito indispensable es un aval y/o fiador con un inmueble libre de gravamen ya que para efectos judiciales es indispensable.

En conclusión, la Póliza Jurídica es imprescindible para garantizar el cumplimiento de un contrato de arrendamiento, haya o no aval y/o fiador, ya que en un supuesto controversial la empresa podrá responder conforme al servicio contratado y solventar la carga jurídica en todos los aspectos. Bastante importante ¿no crees?

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